Para evitar la concentración innecesaria de gente se dispuso que para la celebración de casamientos solo estará permitido el ingreso a los contrayentes y sus testigos, motivo por el cual se solicita a los familiares y amigos tengan a bien no asistir ya que no podrán ingresar al establecimiento.
Al mismo tiempo, la dirección del Registro Civil Municipal recuerda que no hace falta asistir con recién nacidos para su inscripción. Así lo establece la ley 26413 en su artículo 28.
Los papás tienen un período de 40 días para inscribir a los bebés, y no es necesario que vayan con el recién nacido.
Además, para obtener el D.N.I. del bebé (donde sí es necesaria la presencia del recién nacido) el sistema otorga el plazo de un año a partir del nacimiento, es decir que los padres tienen 40 días para inscribir su hijo/a y 1 año para documentarlo.