• Eximición de pago de tasa de Comercio e Industria a aquellos contribuyentes afectados que no hubieran alcanzado los mínimos de facturación imponible. Cuota 6.
• Eximición a bares, restaurantes, salones de fiesta y espectáculos, jardines maternales de la tasa de Comercio, cuota 6. Serán las Cámaras que nucleen a estos rubros las que en las mesas de trabajo generadas del sector privado y el Municipio deberán demostrar la realidad de la caída en la facturación del negocio que solicite la eximición.
• Eximición de la tasa del Automotor, cuota 6 para transporte escolar, taxis y remis.
• Se mantienen los acuerdos colaborativos que se aplicaron en el año 2020 con la cámara Hotelera, Turismo y demás.
• Suspensión hasta el mes de julio de medidas de ejecución fiscal por deuda.