Nuevas medidas como consecuencia del análisis de la situación epidemiológica

A partir de este momento por instrucción del presidente y el jefe de Gabinete de Ministros, los ministerios de Salud, Turismo y Deporte, Interior, Seguridad, Cancillería, junto con las 24 jurisdicciones y los expertos, trabajaremos junto con Legal y Técnica para, a través de una DA en los próximos días y con la renovación del DNU y la DA de fronteras hasta el 1 de octubre avanzar en nuevas flexibilizaciones. El listado completo.

  • Se levanta la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre cuando estamos circulando en forma individual, burbuja en todos los casos cuando NO haya aglomerado de personas. Continúa siendo obligatoria en lugares cerrados (aula, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos) y al aire libre cuando hay aglomerados de personas. 
  • Reuniones sociales sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.
  • Aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.

  • Autorización de viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.
  • Autorización de discotecas con aforo del 50%, con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). ES LA ACTIVIDAD DE MAYOR RIESGO, TENIENDO EN CUENTA LA VARIANTE DELTA 
  • Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.
  • Eventos masivos de más de MIL (1000) personas. A partir del 1 de octubre se habilita con aforo del 50%, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.
  • Apertura gradual y cuidada de fronteras: FECHAS ESTIMADAS A COORDINAR CON MIGRACIONES, ANAC y otras autoridades.
  • 24 de septiembre: eliminación del aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria. 
  • 1 de Octubre: autorización ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).
  • Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre incremento del cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres 
  • 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros 

Se solicitará para el ingreso al país: 

  • Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país. 
  • Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria
  • Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria 

Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7.
Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada: se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7 y se podrá levantar el cupo. Ya de esta manera se minimiza el impacto del aumento de hospitalizaciones y muertes.

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