Luego de que la Argentina abriera sus fronteras a visitantes extranjeros de todo el mundo el pasado 1° de noviembre, ahora el Ministerio de Salud a cargo de Carla Vizzotti publicó una nueva resolución en la que se flexibilizan los requisitos para acceder al país para los viajeros provenientes del exterior que aún no han completado su pauta de vacunación.
Previamente, solo podían entrar a la Argentina todos los visitantes internacionales inoculados hace al menos 14 días con la pauta completa de cualquier inoculante aprobado en el país de origen.
Sin embargo, a partir de este miércoles también podrán ingresar al país los extranjeros no residentes que no estén completamente protegidos contra el covid-19: se trata de ciertos individuos con circunstancias particulares que deben encuadrarse en los lineamientos establecidos por el Ejecutivo en Resolución 2948/2021 publicada este miércoles bajo la firma de Vizzotti.
Así, podrán acceder a la Argentina sin su pauta completa los familiares directos - hijos, padres, cónyuges o convivientes- de argentinos o residentes en el país "que viajen por motivo de visita familiar", quienes deberán manifestar no contar con todas sus vacunas "según el criterio establecido por el país de procedencia".
Los familiares directos deberán presentar la documentación que pruebe el vínculo, es decir, la partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil, convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia y el documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio.
También podrá ingresar de forma excepcional los extranjeros no residentes que precisen arribar al país "por motivos de trabajo, negocios, estudios o capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo".
Estos deberán justificar su estado también a través de la documentación que pueda probar el motivo del viaje ya se a través de una carta del empleador, carta del invitante en el país o de la contraparte comercial, una carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial, una constancia de inscripción en institución educativa o en un congreso, o una invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por el Ministerio de Turismo y Deportes.
Finalmente, los extranjeros a quienes se les otorgue "un visado en categorías migratorias permanente o temporaria", también podrán acceder a la Argentina sin necesidad de haberse vacunado por completo. En este caso no se precisa más documentación específica que la visa otorgada.
Todo documento utilizado como justificativo deberá estar apostillado y es preciso que estos sean presentados junto a una copia del pasaporte y la fecha declarada del viaje programado.
La resolución también indica que la documentación para acreditar las condiciones y los requisitos necesarios para acceder a la Argentina sin la pauta vacunatoria completa "deberá ser portada por la persona que ingresa al país en todo momento, al menos durante los primeros 14 días de ese ingreso" en caso de que esta sea solicitada por autoridades nacionales.
Aunque en las consideraciones de la medida la cartera de Salud a cargo de Vizzzotti reconoció que la circulación de la variante Delta ya es predominante y este cepa "representa actualmente más del 60 % de las variantes secuenciadas a nivel país", la resolución justifica esta nueva flexibilización indicando que "ninguna jurisdicción presenta más del 80 % de ocupación de camas en las unidades de terapia intensiva", número que registra un descenso sostenido.
En este marco, y a raíz del avance de la campaña de vacunación con una amplia cobertura principalmente en los grupos de riesgo, el Ministerio de Salud considera que el país "se encuentra en condiciones de continuar avanzando en la flexibilización de las medidas implementadas para el ingreso al país".