El ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación dispuso a través de una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial, que las empresas exportadoras deberán cumplir con el plazo máximo de liquidación de divisas de 15 días que establece el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para seguir inscriptas en el Registro único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
A través de la Resolución 132/2020 se dispuso en concreto: "Cumplir con la normativa cambiaria del Banco Central de la República Argentina, en especial el ingreso y liquidación de divisas en el mercado de cambios, en los plazos y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación".
Las nuevas condiciones que rigen tienen como objetivo lograr mayor transparencia en las operaciones. Para eso, establecen que a habrá entrecruzamiento de datos entre el BCRA y el Ministerio de Agricultura de la Nación. La primera entidad podrá alertar si alguna empresa agroexportadora no cumplió la regulación para darla de baja.
Si un exportador incumple esta normativa cambiaria se le quitará la matricula en el RUCA, lo que significa un impedimento a vender la producción tanto en el mercado local, como en el internacional.
La medida busca que no se demore la liquidación de divisas para intentar frenar la pérdida de reservas internacionales del Banco Central, con un stock a fines de noviembre de u$s 38.652 millones. La variación de reservas en octubre, que implicó una pérdida de u$s 1522 millones, fue la más alta de los últimos 11 meses. El endurecimiento del cepo a mediados de septiembre no sólo no logró retener la caída de reservas, sino que la dinámica se acentuó.
Según las cifras de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) la divisas ingresadas por exportaciones en noviembre que fueron u$s 18.583.581.963 se ubicaron 3000 millones por debajo que en el mismo período de 2019. Desde Ciara, Gustavo Idígoras dijo que está conforme con la resolución dado que la medida “le da más garantía al Gobierno para tener un control total de la aplicación de las regulaciones actuales”.
Además, Agricultura informó que el trámite para obtener la matrícula se deberá realizar de manera digital con una solicitud en línea y justificó la modificación: “Con relación a la transparencia en la comercialización de las cadenas agropecuarias, la celeridad en los procesos de inscripción en los Registros Públicos, se advierte la necesidad de adecuar exigencias a los operadores obligados a inscribirse en el RUCA".
Por otro lado, la Resolución también apunta al sector de la carne. En lo que respecta al sistema de faena, los operadores deberán pagar el arancel correspondiente a su actividad 30 día antes del término que figura en el Sistema RUCA.