Teletrabajo: los puntos salientes de la ley tras la reglamentación del Gobierno

A través del Decreto 27/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo oficializó el régimen legal del contrato de home office.

Tras los cuestionamientos por parte de los empresarios, el Gobierno reglamentó este miércoles la ley de teletrabajo. No obstante, lo hizo de forma parcial. 

Mediante el Decreto 27/2021, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo oficializó el régimen legal del contrato de teletrabajo. 

Las medidas no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de los clientes a quienes el empleador preste servicios de manera continuada o regular, o en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional, aclarara el primer artículo del Anexo 1.

  • Derecho a la desconexión digital. Cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral. En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada. No se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión. Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos, señala el artículo 5. 
  • Tareas de cuidados. La persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea por razones de cuidado, deberá comunicar en forma virtual y con precisión el momento en que comienza la inactividad y cuando esta finaliza, precisa el artículo 6. En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción según las condiciones que se establezcan en la convención colectiva. Sin embargo, no se podrá establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho indicado en el párrafo anterior. Los empleadores y trabajadores deberán velar por un uso equitativo, en términos de género, de las medidas dispuestas en este artículo, promoviendo la participación de los varones en las tareas de cuidado. 
  • Reversibilidad. El derecho a la reversibilidad y el cumplimiento de la obligación resultante deberán ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10 del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo, de acuerdo con los fines que el ordenamiento tuvo al concederlo. Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del establecimiento al momento del pedido, indica el artículo 8. Y agrega: "en ningún caso dicho plazo podrá ser superior a 30 días". "A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo", aclara.
  • Elementos de trabajo. La provisión de elementos de trabajo no se considera remuneratoria y, en consecuencia, no integra la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social. Las partes podrán acordar las pautas para su determinación, en los casos en los cuales la relación no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva, especifica el artículo 9.
  • Compensación de gastos. La compensación de gastos, aun sin comprobantes, no se considera remuneratoria, en los mismos términos del artículo precedente, aclara el artículo 10. 

Anexo 1 by Sol Narosky

Decreto 27/2021 by Sol Narosky

“Tomo vino con Sprite”: Messi habla y las marcas no la dejan pasar (los posteos de Sprite y Toro)

(Por Luciano Aimar) Lionel Messi fue entrevistado por Nico Occhiato y Diego Leuco en Luzu TV y dejó títulos imperdibles. Entre ellos, cuando fue consultado por la bebida que prefería tomar, el 10 no dudó y dijo: "tomo vino con Sprite, para que pegue más". En nota completa, los detalles de cómo las marcas aprovecharon estas palabras, sin mencionar al capitán, para no tener inconvenientes comerciales y legales.

¡Qué pasó! Las casas de zona sur (de Córdoba) ya valen casi el doble que en zona norte en m2 (US$ 921 vs US$ 596, respectivamente)

Si sentís que comprar una casa en Córdoba está cada vez más difícil, no es percepción: los precios siguen subiendo y la brecha entre zonas se agranda. El último relevamiento del mercado inmobiliario en la ciudad (elaborado por la Universidad de San Andrés junto a Mercado Libre) confirma una tendencia clara: la zona sur se consolida como la más caliente del mapa y empieza a despegar fuerte del resto.

Un agente de Laburen.com puede absorber el trabajo de más de 20 empleados humanos (ya opera con más de 3.000 agentes de IA activos)

(Por Jazmín Sanchez) La startup cordobesa Laburen.com, ya opera en toda Latinoamérica con empresas de distintos tamaños y sectores. Con más de 400 empresas utilizando sus agentes y casos de éxito donde la absorción de tareas alcanza niveles equivalentes a equipos completos, la compañía encara 2026 con un plan para quintuplicar su operación y consolidarse en el mercado regional.