La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.
La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes, informaron oficialmente en el organismo recaudador.
La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) .
La Resolución General N°4721 estableció que las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
Para el Impuesto a las Ganancias y para el Impuesto a los Bienes Personales
- 0, 1, 2 y 3 podrán presentar las declaraciones juradas (DDJJ) hasta el 24 de julio e ingresar el saldo restante hasta el 27 de julio.
- 4, 5 y 6 podrán presentar las declaraciones juradas (DDJJ) hasta el 27 de julio e ingresar el saldo restante hasta el 28 de julio.
- 7, 8 y 9 podrán presentar las declaraciones juradas (DDJJ) hasta el 28 de julio e ingresar el saldo restante hasta el 29 de julio.
Para el Impuesto Cedular
- 0, 1, 2 y 3 podrán presentar las DDJJ y abonar hasta el 27 de julio.
- 4, 5 y 6 podrán presentar las DDJJ y abonar hasta el 28 de julio.
- 7, 8 y 9 podrán presentar las DDJJ y abonar hasta el 29 de julio.
En otros términos, la AFIP también extendió cinco días el plazo para registrarse en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios del corriente mes en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el 26 de mayo, inclusive, para anotarse con clave fiscal en el sitio web del organismo. Todas deberán hacerlo, incluso las que ya se presentaron para el mes pasado.