Tal como adelantó El Cronista, este miércoles el Gobierno derogó a través del Decreto 302/2024 la norma de la gestión de Alberto Fernández que regula a los servicios de telecomunicaciones, en particular celular, internet y cable, para controlar sus precios.
La medida anula el Decreto 690 del año 2020 con el que el expresidente declaró como servicio público esencial en competencia a toda la industria en el contexto de la pandemia del Covid-19.
Con esta medida se congelaron futuros aumentos por algunos meses y se habilitó al Estado Nacional - a través del ENACOM- a actuar como regulador de cualquier ajuste a futuro.
Pese al intento del último Gobierno de controlar la suba de estos servicios, este decreto se funcionó a medias debido a que las distintas empresas judicializaron sus reclamos con medidas cautelares que pausaron su aplicación total.
En este contexto, y en línea con la política de desregularización estatal de la gestión de Javier Milei, el Gobierno derogó esta medida de Alberto Fernández en busca de "restaurar el marco normativo de libre competencia".
El decreto de este miércoles modifica la Ley Argentina Digital (N° 27.078) actual, la cual, tras los decretos del 2020, dispone que las telecomunicaciones "son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia", por lo que "la autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad".
Además, las modificaciones dispuestas por Fernández introdujeron la posibilidad de que el ENACOM regule "los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia".
Ahora, los cambios de la gestión anterior fueron suspendidos y los proveedores de servicios de comunicación podrán competir libremente y actualizar sus precios sin regulación estatal.
Así lo dispone el decreto de este miércoles en sus considerandos, donde dice que la regulación sobre el sector "debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de precios de los servicios prestados".
El mismo decreto hace referencia a la "limitada" aplicación de las modificaciones del expresidente debido a los procesos de judicialización con los que las licenciatarias suspendieron su alcance.
Según el Gobierno, "dicha limitación judicial logró evitar la distorsión de precios relativos", un esquema que "no ha podido replicarse en servicios públicos -luz, gas y agua- que mantuvieron una gran distorsión de precios relativos que los afecta".
Es por esto que se definió volver al sistema anterior que oficialmente marcaba la Ley Argentina Digital, con libre competencia y desregulación estatal.
Así, el artículo 1° de la medida marca: "Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación".
Cabe señalar que, aunque la mayor parte de las grandes empresas no tenían reguladas sus tarifas en función de un fallo presentado por Telecom que aceptó la Justicia, pequeñas cooperativas del interior aún seguían sometidas a la norma ahora derogada.
BO by zoe braziulis