Ah... el Absenta no está prohibido... ¡chin-chin!

Claudio Izzo: "Estimado Nicolás: Estás en lo cierto al citar un pequeño párrafo del art. 1123 (res- 1389 14.12.81), pero para aclarar las cosas tenemos que seguir leyendo el artículo en forma completa y nos vamos a encontrar que hay bebidas que quedan excluidas de esta prohibición....`Quedan excluídos en esta prohibición las bebidas alcohólicas cuyos nombres tengan similitud con la palabra Ajenjo en idioma nacional o extranjero, ya sea en avisos o cualquier otra forma de expresión, referencias directas o indirectas al Ajenjo, sus principios inmediatos o derivados.Y, también aquellas bebidas que contengan las esencias siguientes: Absintia, tanaceto. La composición principal de esta bebida es el aporte de aromas de la planta Artemisia absinthium o ajenjo, el de las flores del hinojo y el anís´. Para mayor información pueden visitar este link. Es decir, que la bebida alcohólica denominada Absenta está excluida de la prohibición citada. Saludos".

Tema y debate sobre el "hada verde", aquí.

El equipo de Grupo Calypso

La desarrollista acaba de sellar el inicio de una nueva etapa con la inauguración de sus flamantes oficinas sobre Sol de Mayo al 1.300, en el mismo lugar donde está emplazado Egeo, uno de sus proyectos emblema.