La posibilidad de construir estaba contemplada en el Código de Edificación vigente (Ordenanza Nº 9.387), sancionado en el año 1995. Entre los “Edificios para reunión bajo techo”, enumerados en el artículo 3º de la citada norma, estaban incluidos “casinos y salas de juego”, junto a otras edificaciones permitidas, tales como auditorios, cines, iglesias, salas de convenciones, bibliotecas, gimnasios, salones de fiesta, etc.
En 2000, se dictó la Ley provincial Nº 8.837 de Incorporación de Capital Privado al Sector Público, que en su artículo 67 establece expresamente la prohibición de instalar salas de casino y bingo con máquinas de juego (slots) en una distancia radial inferior a los veinte kilómetros contados desde la Plaza San Martín de la ciudad de Córdoba.
No va máaasss: prohíben la construcción de casinos y salas de juego
Se trata de un proyecto de ordenanza de Esteban Dómina que aprobó ayer el Concejo Deliberante (a excepción de la bancada Eva Duarte) y que elimina la posibilidad de construir casinos y salas de juego en la ciuda de Córdoba.
“Con la aprobación del proyecto, se corrige la situación apuntada y a la vez se da una clara señal en contra de la posible habilitación del juego en el ámbito de la ciudad, un flagelo que sufren otras localidades de la provincia”, dijo Dómina.