Imputan a Baistrocchi y los hermanos Aballay por facilitar la venta de drogas en la fiesta trágica del Orfeo

El fiscal Marcelo Sicardi -que investiga la muerta de Tania Abrile en una rave- confirmó ayer a la prensa que imputó a Tori Baistrocchi, Vampi Aballay (y a una hermana de éste) por “facilitar el lugar con el objeto de usar estupefacientes” la noche en que murió Tania Abrile. Se trata de un delito con penas de prisión de 3 a 12 años. El abogado de la productora negó los cargos y confirmó que pagarán la fianza de $750.000 impuesta a cada uno. InfoNegocios habló con ambos letrados. Mirá qué dijeron.

(Foto El Show de la Mañana-gentileza).
(Foto El Show de la Mañana-gentileza).
El fiscal Sicardi, primero a la derecha, investiga la posible comisión de un delito federal en la rave.
El fiscal Sicardi, primero a la derecha, investiga la posible comisión de un delito federal en la rave.

Hace dos semanas, tras conocerse la muerte de la mujer de 38 años durante una fiesta electrónica en el estadio Orfeo Superdomo, nos preguntábamos si los organizadores podían ir presos. (Ver acá) .

Ayer, la justicia confirmó que imputó a los organizadores, les estableció una fianza y un régimen de presentaciones regulares al juzgado a fin de no entorpecer la investigación. De no cumplir alguna de estas cuestiones, podría ser librada contra ellos una orden de detención.

En rigor, el delito que se les imputa -al no tener antecedentes los investigados- es excarcelable, pero siempre y cuando no pongan en riesgo el proceso que sigue el fiscal de Instrucciòn de Lucha Contra el Narcotráfico Marcelo Sicardi. Es decir, que no se fuguen ni que obstaculicen la investigación.

El representante del Ministerio Público sostuvo que tiene elementos para imputarlos por el artículo 10 de la Ley de Drogas (ver debajo), incluso cuando la productora haya cumplido con lo establecido por la ordenanza de Espectáculos Públicos en lo concerniente a la organización de este tipo de eventos. “Son cosas que corren por cuerdas separadas. Yo investigo delitos, no hago prevención”, señaló.

El dato no es menor ya que la defensa de Baistrocchi y los hermanos Aballay argumenta que la organizadora cumplió con todos los pasos establecidos legalmente. “Se mantuvieron reuniones previas con la Policía, la Municipalidad. Se siguió el protocolo y se contrataron 30 adicionales para realizar un riguroso cacheo previo. Esta imputación es errónea y absurda”, señaló a este medio Ezequiel Mallía, representante legal de BNP.

“Acá lejos de facilitar se ha prevenido”, reforzó y recordó que la fiesta organizada en el superdomo tenía un nivel de seguridad y control “muchísimo mayor” que la Time Warp de Costa Salguero, en Buenos Aires.

“No hay vínculo con vendedores”
El abogado negó enfáticamente que los productores tuvieran conocimiento de la venta de drogas ilegales en la fiesta, aunque admitió -ante una pregunta de este medio- que quienes trabajaban en el expendio de bebidas en la rave eran empleados de la productora.

El dato no es menor ya que las amigas de Tania indicaron que desde una de las barras les “marcaron” quién era el dealer de la fiesta.

InfoNegocios intentó comunicarse con el abogado de la familia de Tania (quien no descartó demandar a BNP)para conocer cuál será la estrategia tras conocerse la imputación, pero este se encuentra en el exterior y se excusó de hablar.

El artículo 10 de la Ley 27.737 (de Drogas de Argentina)
Establece que “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a doce años y multa (…) el que facilitare, aunque sea a título gratuito, un lugar o elementos, para que se lleve a cabo alguno de los hechos previstos por los artículos anteriores. La misma pena se aplicará al que facilitare un lugar para que concurran personas con el objeto de usar estupefacientes”.

Los artículos previos hacen referencia a la siembra o cultivo de plantas o semillas utilizables para producir estupefacientes, o materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación. La producción y/o el comercio de estupefacientes y al que “entregue, suministre, aplique o facilite a otro estupefacientes a título oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará reclusión o prisión de tres a doce años y multa (…)”.

Un cuarto imputado
En otro orden, la fiscal Liliana Sánchez, imputó al médico que atendió a Abrile por “homicidio culposo”. Para la fiscal hubo negligencia en la atención médica a la joven fallecida. (GL)

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