En su fallo, el juez de primera instancia y 11º nominación en lo civil y comercial Eduardo Bruera manifestó que si no se encontraba matriculado en el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios, se encontraba ejerciendo ilegalmente y por lo tanto no correspondía el derecho a cobro de honorarios profesionales.
El profesional, que sí estaba matriculado en el Colegio de Martilleros, realizó una operación inmobiliaria para Centro Comercial Costanera en barrio Los Boulevares, quien manifestó que sólo estaba dispuesta a abonar los honorarios profesionales, si éste podía acreditar su matrícula profesional debidamente encuadrada en la Ley 9445 que regula la actividad en la Provincia, situación que dio origen al pleito y provocó el dictamen de la justicia.
Mirá acá, el fallo completo.
Vendió lote por $ 9 M: no sólo no cobró comisión sino que tiene que pagar $ 48 mil
La batalla entre los corredores inmobiliarios y los martilleros tuvo un nuevo capítulo. Por primera vez en Córdoba, la Justicia rechazó la demanda por el reclamo de honorarios de corretaje inmobiliario a una persona matriculada como martillero, quien reclamaba una comisión de unos $ 216.000. Más detalles y la sentencia, en nota completa.