Tal como se esperaba, el gobierno de Alberto Fernández volvió a prorrogar el Repro II, programa que ayuda a pagar los sueldos de empresas afectadas por la baja de la actividad económica desde el inicio de la pandemia de coronavirus en la Argentina.
Luego de la ampliación del Programa de Recuperación Productiva (Repro II) de mayo, ahora las empresas de sectores críticos también podrán solicitar ayuda del Estado para pagar los salarios de sus empleados correspondientes a junio.
Así lo confirma la Resolución 341/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial, que extiende otra vez el programa lanzado en noviembre de 2020, que consiste en "una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos".
CÓMO ACCEDER AL REPRO II
Según la normativa, estos son los criterios específicos para acceder al beneficio:
1 - La facturación para el período comprendido entre el 1° y el 22 de junio de 2021 y entre el 1° y el 22 de junio de 2019 debe presentar una reducción superior al 20% en términos reales. En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de enero de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.
2- El indicador de liquidez corriente (activo corriente/pasivo corriente) para el mes de mayo de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II.
3- Contar con una dotación de personal no superior a 5 trabajadoras y trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio.
5- No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales. Están excluidos los sujetos empleadores que se encuentran incluidos en el listado del Sector Salud aprobado en el marco del Programa Repro II.
En mayo, el Repro II alcanzó a unos 570.000 trabajadores de 34.000 empresas, que recibieron un pago por parte del Estado de $22.000 por empleado. En esa oportunidad, se amplió el listado de actividades consideradas críticas, incorporando a los siguientes sectores:
- Comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos).
- Comercio de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio).
- Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Además, se extendió durante junio el beneficio destinado al sector gastronómico y a los autónomos de rubros como hoteles, turismo y peluquería.