Aunque Córdoba llevó la delantera frente a otras provincias y fue la primera en adherir a la Ley de Reforma ART (Ley 27.348), las cosas están empeorando rápidamente en este 2019.
Litigiosidad (datos de la UART)
¿A qué se debe esta reversión de la curva? En buena parte, a la demora en la implementación del último eslabón de la Reforma: la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses o Cuerpos Médicos Periciales dentro de la justicia provincial. La Reforma, en su Art° 2, determina un cambio radical en los peritos judiciales. Exige:
- que los mismos sean elegidos por concurso y no por simple anotación en un listado,
- que sus honorarios sean o bien por acto médico o como salario y no a porcentaje de la indemnización calculada en función del daño que ellos mismos certifican, y
- que utilicen el Baremo (tabla de medición de incapacidades que está inserta en el cuerpo de la Ley) como herramienta para tabular las secuelas o incapacidades permanentes que queden producto del accidente.
¿Por qué resulta tan grave esta omisión? Porque la ausencia de CMF genera consecuencias indeseadas como desvíos o inequidades en la estimación del daño, toda vez que el perito no se atiene al Baremo (tabla de medición de incapacidades), generar sobrecostos derivados de honorarios acoplados al valor de la sentencia y aumentar sideralmente el monto de los juicios, volver a abrir una puerta a la exacerbación de la litigiosidad que se pretendió erradicar con la Reforma, explican desde la UART, Unión de las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo.
Con la implementación del mecanismo pericial previsto en la Ley se cerraría el círculo virtuoso pretendido con la Reforma. Sin él, todo lo logrado en disminuir la litigiosidad corre riesgo de derrumbarse, como comienza a evidenciarse. La decisión está en la máxima autoridad de la justicia provincial, remarcan desde la UART.