La Justicia es lenta, sí, pero a veces no es tonta. En prevención a una posible fuga antes del juicio que se celebrará dentro de tres meses se ordenó la detención de los empresarios Héctor “Tori” Baistrocchi e Iván “Vampi” Aballay.
Los hechos se remontan 8 años atrás, cuando los imputados organizaron en Orfeo Superdomo una fiesta electrónica donde 28 personas recibieron atención médica por intoxicación con sustancias ilícitas, una de las cuales -Tania Abrile- falleció.
Desde entonces, Tori y Vampi -como se los conoce en el ambiente- siguieron en libertad y organizando eventos principalmente vinculados a la música electrónica, incluyendo la última presentación de Hernán Cattáneo en Forja donde murió otra mujer -Mara Alejandra Pereyra- por causas similares (consumo de éxtasis).
En 2019, en la gestión de Ramón Mestre (h) como intendente y Francisco “Pancho” Marchiaro como secretario de Cultura, la Ciudad de Córdoba entregó su máximo galardón, el Premio Jerónimo Luis de Cabrera a Baistrochi y Aballay.
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La gota que colmó a Bugliotti
Aunque Euclides “Tati” Bugliotti tuvo muchas razones concurrentes para tomar la decisión de cerrar el Orfeo, hace unos años hizo público un detonante importante: “Se me murió una chica de Río Tercero en una fiesta electrónica (en referencia a Abrile). Yo lo tenía alquilado al Orfeo y así mismo casi me meten en cana. Estuve muy cerca”, dijo Bugliotti.
Qué pena tiene el delito
Aballay, Baistrocchi y Mario Alfredo Novaro responderán en el juicio que debería empezar en tres meses por los delitos de homicidio culposo y facilitación de lugar para el consumo de estupefacientes.
Aunque la primera figura es de muy dificultosa prueba en este caso, el delito de “facilitación de lugar para que concurran personas con el objeto de usar estupefacientes” (art. 10 primer párrafo, segundo supuesto de la Ley 23.737) establece que "será reprimido con reclusión o prisión de tres a doce años y multa de tres mil a cincuenta mil australes (sic) el que facilitare, aunque sea a título gratuito, un lugar o elementos, para que se lleve a cabo alguno de los hechos previstos por los artículos anteriores. La misma pena se aplicará al que facilitare un lugar para que concurran personas con el objeto de usar estupefacientes".
El consumo de estupefacientes está implícito (lo que no quiere decir generalizado) en muchas “raves”, algo que conocen perfectamente los organizadores que -incluso- intentan controlar el ingreso de pastillas, cartones y otros formatos que los dealers utilizan para su venta en esos encuentros.
Por su formato y condición, estas sustancias son muy difícil de detectar (incluso no hay muchos perros entrenados para eso) y “bien usadas” suelen tener pocos efectos ulteriores.
Estas grandes fiestas en las que se especializa BNP (Buenas Noches Producciones) suelen ser escenario para el debut en el consumo de personas que desconocen los efectos sobre su organismo.
“La muerte por consumo de éxtasis, incluso en cantidades mínimas, es extremadamente rara pero no imposible. Según estudios y datos médicos, se estima que la tasa de mortalidad asociada al consumo de éxtasis es aproximadamente de 1 en 10,000 a 1 en 100,000 usuarios. Esto puede variar dependiendo de factores como la pureza de la droga, la presencia de otras sustancias, la salud del usuario y las condiciones en las que se consume”, resume Chat GPT ante una consulta específica en la materia.
Se entiende así por qué en fiestas donde concurren varios miles de personas se puedan generar estos episodios fatales.
¿Constituye esto el delito de facilitación de lugar para que concurran personas con el objeto de usar estupefacientes? La Justicia hablará en los próximos meses, marcando un antes y un después para la industria de los shows de música electrónica.