Con 10 bocas en la provincia, Re/Max no logra entrar a Carlos Paz (¿será que vienen nuevos aires con Milei?)

En enero de este año, el Municipio de Villa Carlos Paz rechazó la habilitación de una oficina de Re/Max en esa ciudad. El municipio se basaría en un informe emitido por el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios. Qué dicen los abogados de la persona que quiere abrir la franquicia inmobiliaria.

Pedro Urrets Zavalía (MP 1-30165) y José Camilo Uriburu Pizarro (MP 1-32185) son los abogados de un interesado en instalar una franquicia de Re-Max en Villa Carlos Paz. Los letrados lo representan ante el Municipio de esa ciudad que le imposibilita abrir el negocio. Qué esgrimen los abogados.

IN: ¿Cuál es la situación del emprendedor? ¿Qué negocio quiere montar y dónde?
P.U.Z .y J.C.U.P.: En cuanto a la situación del emprendedor, se trata de un corredor público matriculado que desea montar una oficina en la ciudad de Villa Carlos Paz, y realizar actividades relacionadas a la industria inmobiliaria. Para llevar adelante su negocio, este profesional optó por contratar los servicios complementarios a la actividad inmobiliaria que brinda la marca Re/Max, y el Municipio rechaza la habilitación del mismo, recurriendo a argumentos sin fundamento legal. En octubre de 2022, GG Services Group SAS, solicitó la habilitación municipal del local ubicado en la ciudad de Villa Carlos Paz.
En enero de 2023, el Municipio de Carlos Paz dictó la ordenanza 6.923, que en el artículo 1 establece que las personas humanas o jurídicas que soliciten habilitación municipal para el ejercicio de actividades relacionadas con la actividad inmobiliaria, deben estar integradas “en su totalidad” por corredores inmobiliarios matriculados; y el artículo 2 prohíbe la instalación en la jurisdicción de Carlos Paz de oficinas o negocios inmobiliarios o de remates bajo la forma de representación de Franquicias, Licencias o Marcas. En base a esto, la ordenanza, en primer lugar, no es aplicable a GG Services Group SAS por haber sido sancionada con posterioridad al inicio del trámite de la habilitación municipal. Asimismo, es inconstitucional.

IN: ¿Por qué es inconstitucional?
P.U.Z .y J.C.U.P.: Porque impone restricciones para el ejercicio de la profesión que no surgen de la ley 9.445 (Ejercicio del Corretaje Inmobiliario). En esta línea también se encuentra el Art. 186 (Constitución Provincial) que detalla que los municipios solo pueden incidir en el ejercicio de los derechos en cuestiones con relación a la salud, higiene, salubridad y demás, pero no en materias propias del ejercicio de la profesión y la actividad en cuestión. Para agregar un poco más de entendimiento sobre el asunto, en la circunstancia mencionada, el Municipio a través de una ordenanza quiere agregar una prohibición que no existe en la ley. Es decir, que el Concejo Deliberante de Villa Carlos Paz se estaría atribuyendo facultades propias y exclusivas del Poder Legislativo provincial.
Luego de un tiempo sin respuestas y con una demanda de amparo de por medio, la Municipalidad de Villa Carlos Paz denegó la habilitación. El rechazo remite a que GG Services Group SAS no estaría facultada para realizar actividad de corretaje inmobiliario porque su único socio, Germán Gudiño, no es corredor matriculado y el CPI Moisés Olariaga, no es socio de la sociedad.

IN: ¿Tiene sustento legal la medida?
P.U.Z .y J.C.U.P.: El rechazo de la habilitación carece de sustento legal ya que el articulado de la Ley 9.445 expresamente prevé que las personas humanas o jurídicas que no sean corredores matriculados puedan realizar actividad de corretaje inmobiliario contratando a un CPI matriculado que se haga responsable.
Al agotarse la vía administrativa, se interpuso una demanda contra la Municipalidad de Carlos Paz solicitando la anulación de las resoluciones administrativas y el otorgamiento de la habilitación municipal arbitrariamente denegada. En la demanda pedimos también como medida cautelar, la habilitación provisoria del local.

IN: ¿Por qué el Municipio rechaza la posibilidad de que trabaje bajo el paraguas de Re-Max?
P.U.Z .y J.C.U.P.: El Municipio rechazó el pedido del emprendedor debido a las razones expresadas por el Colegio de Corredores Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba en un informe que carece de sustento legal. Por otro lado, la resolución en realidad no hace referencia a la marca ni a la franquicia Re/Max, ni el rechazo se funda en la vinculación de GG Services Group SAS con la marca Re/Max ni con Re/Max Argentina SRL.
Acá existe una lucha comercial, por medio de la cual el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba quiere evitar que exista más competencia y más servicio para que los consumidores elijan con quién trabajar. Ninguno de sus argumentos tiene validez legal, a tal punto que en la Ciudad de Córdoba existen oficinas Re/Max hace más de 10 años y actualmente hay 10 oficinas activas, todas ellas con un corredor inmobiliario debidamente matriculado en su Colegio.

IN: ¿Cuál es la ley que lo ampara al emprendedor?
P.U.Z .y J.C.U.P.: La ley que rige la actividad de corretaje en Provincia de Córdoba es la Ley 9445, que es la única normativa legal aplicable al Corretaje Inmobiliario en toda la Provincia de Córdoba, y Carlos Paz, por ser un municipio dentro de la Provincia de Córdoba, no es la excepción. Por la cual el emprendedor realiza pleno ejercicio de sus derechos para trabajar y desarrollar su profesión en el marco de la normativa legal aplicable.

IN: ¿De qué manera actúa Re Max para acompañarlo?
P.U.Z .y J.C.U.P.: Desde Re/Max lamentan los inconvenientes generados, y están permanentemente en contacto y seguimiento del caso. En esta situación, el damnificado decidió actuar de forma particular. El franquiciado acudió a las herramientas legales correspondientes de la mano de sus abogados y por sus propios medios.

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