La CACC sostiene que la ley, contrariamente a su objetivo, perjudicará e incluso desincentivará el real desarrollo de la modalidad de teletrabajo y la generación de empleo a nivel federal. Sus argumentos se centran principalmente en que, tal como ha sido elaborada, produce una sobreregulación que resulta en dificultades operativas y logísticas. La ley con su actual rigidez, impone un blanco o negro en cuanto a la modalidad laboral, categorizando entre trabajador presencial o teletrabajador.
Otro punto en discusión es el de la reversibilidad unilateral, a través de la cual la empresa debe consignar como “contingencia legal” toda asignación de teletrabajo. En este mismo sentido, como no está redactada la norma para los trabajos que se crean bajo la modalidad de teletrabajo, la “industria del juicio” puede interpretar que es obligación del empleador mantener una posición de trabajo completa para que el teletrabajador la utilice en el momento que lo requiera, caso contrario, se puede considerar despedido.
De aprobarse tal como está la ley, además, causará un fuerte impacto sobre las estructuras de costos de las empresas, repercutiendo en la competitividad y limitando sus posibilidades de exportación de servicios. Esto se debe a una reducción en la eficiencia, resultante de una regulación más rígida de la jornada laboral; la pérdida de horas productivas en el caso de los trabajadores que pueden interrumpir su jornada laboral por contar con personas a cargo; y una mayor litigiosidad que puede generarse por la reversibilidad unilateral por parte del empleado. También, se incrementarán los costos logísticos por los equipamientos y tecnologías, además de los servicios de internet y electricidad necesarios para el teletrabajo.
La Cámara que ha sido pionera en la implementación y regulación del teletrabajo, hoy cuenta con más del 90% de sus 50.000 trabajadores bajo esta modalidad. Antes de la cuarentena, el trabajo remoto ya había sido incorporado dentro de su Convenio Colectivo de Trabajo N° 688/14, el cual surgió como resultado de un trabajo cuatripartito con el protagonismo de los trabajadores y de las empresas, junto con la guía y orientación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. “Para nosotros, el proyecto tal como está será un retroceso. Es una normativa mucho más rígida y con puntos que contradicen a la que se acordó entre sindicato y empresas en nuestro sector”, asegura Sebastián Albrisi, presidente de la entidad.
Por eso, frente a la poca voluntad de los legisladores para analizar los detalles y potenciales consecuencias de una ley que contiene diversas ambigüedades, que no está redactada de manera precisa y unívoca y que presenta diversos puntos materialmente imposibles de aplicar, la Cámara Argentina de Centros de Contacto hace su reclamo ante el principal mandatario de la nación, velando porque puedan ser revisados los errores ya advertidos en varias ocasiones.