El año anterior el presidente Javier Milei encendió la polémica sobre el financiamiento de los eventos culturales y apuntó directamente a Cosquín Rock cuestionando el aporte que hace la Provincia, lo que generó un cruce con José Palazzo y el propio gobernador Martín Llaryora, quien defendió la exención de Ingresos Brutos que la Provincia otorga a este tipo de actividades.
Lo cierto es que el fisco nacional deja de percibir una cifra mucho más abultada por la exención del IVA que su par provincial por la regla que rige sobre los IIBB, como incentivo a la producción de actividades culturales.
En concreto, si tomamos en cuenta que la entrada general para Cosquín Rock es de $ 160.000 y se espera que unas 120.000 personas asistan al festival este fin de semana (en 2024 fueron más de 100.000), llegamos a que, por el IVA no percibido, la Nación le perdonará más de $ 4.000 millones a los organizadores de Cosquín Rock.
La norma no es nueva y determina que se encuentran exentos de IVA las entradas a espectáculos teatrales, conciertos y recitales musicales y prestaciones personales de los trabajadores del teatro.
En el año 2024 el gasto tributario correspondiente a esta exención ascendió a $ 68.205 millones y se estima que para el año 2025 sea $ 99.212 millones, lo que representa 0,01% del PBI, según datos de Idesa.
“Córdoba fomenta la realización de espectáculos y obras culturales, lo que la hace más atractiva en comparación con otras provincias. El hecho de que en dicho lugar no se tribute un gravamen que sí se paga en otras provincias, la torna más competitiva a los ojos de los productores, que tendrán un menor costo incrementando su rentabilidad al optar por este lugar”, destaca el economista César Litvin, socio del estudio Litvin-Lisicki.
Desde Idesa, la economista Catalina Serena aporta: “Las exenciones tributarias han sido objeto de debate por su impacto en la equidad y eficiencia del sistema fiscal. Eliminar las exenciones, es decir, garantizar que todos los contribuyentes paguen los impuestos que les corresponden, no implica abandonar las políticas de promoción o apoyo. Dichas políticas pueden mantenerse, pero a través de subsidios directos con partidas presupuestarias específicas”.
Qué pasa en otros países
Colombia:
Las entradas a espectáculos públicos de las artes escénicas están exentas del IVA, siempre que el valor de la boleta no supere las 3 Unidades de Valor Tributario (UVT). Para el año 2025, una UVT equivale a 42.412 pesos colombianos, por lo que el límite sería de 127.236 pesos argentinos. Si el valor de la entrada supera este monto, se aplica una contribución parafiscal del 10% destinada al Ministerio de Cultura.
Chile:
El IVA general del 19% se aplica a las entradas de conciertos y otros espectáculos. Sin embargo, existe una exención para eventos que cuentan con el auspicio del Ministerio de Educación Pública, considerando su calidad artística y cultural. Para obtener este auspicio, los organizadores deben cumplir con ciertos requisitos establecidos por el ministerio.
Perú:
Las entradas a conciertos están sujetas al Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18%.
España
Aplica 10% de IVA a las entradas de espectáculos culturales, incluyendo conciertos (antes era 21%, pero se redujo en 2017).