La medida alcanza a las obligaciones tributarias adeudadas vencidas, en instancia administrativa, extrajudicial o judicial, provenientes de la contribución que incide sobre los inmuebles; de la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios y de la contribución que incide sobre los vehículos automotores, acoplados y similares, previstas en el Código Tributario Municipal.
Los contribuyentes que al día 28 de Febrero 2020 contaban con sus tributos al día y a la fecha registran alguna cuota impaga, podrán acceder a una quita de hasta el 100% de los intereses, manteniendo la rebaja en la Contribución Anual 2021.
Estos beneficios excepcionales tendrán vigencia hasta el próximo 15 de enero y deberán tramitarse en el Portal Tributario.
Para los contribuyentes cumplidores al 28/02/2020:
- 1 cuota 100% quita de intereses resarcitorios
- 6 cuotas 70% de quita y 0,5% interés mensual
- 12 cuotas 50% de quita y 1% mensual
- 24 cuotas 30% de quita y 1,5% mensual
Para contribuyentes con mora 28/02/2020:
- 1 cuota 50% quita de intereses resarcitorios
- 6 cuotas 30% de quita y 1,5% interés mensual
- 12 cuotas 0% de quita y 2% mensual
- 24 cuotas 0 de quita y 2,5% mensual
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