El Registro de la Propiedad lanzó una campaña para impulsar la inscripción de viviendas únicas como Bien de Familia

La dependencia provincial está enviando alrededor de 80 mil correos electrónicos a propietarios que aún no hicieron el trámite y recuerda que la gestión es completamente gratuita y se completa vía web en cuestión de minutos. “El esfuerzo de años, protegido en minutos” es el lema de la campaña.

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Más de 100 mil propietarios realizaron el trámite en los últimos años.
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Más de 100 mil propietarios realizaron el trámite en los últimos años.
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Más de 100 mil propietarios realizaron el trámite en los últimos años.

El Registro de la Propiedad –dependiente del Ministerio de Finanzas de la Provincia– comenzó el envío de correos electrónicos a unos 80 mil propietarios que aún no registraron sus inmuebles como bienes de familia, trámite que se hace de manera completamente gratuita y los protege
de embargos y ejecuciones.

El mensaje destaca que es una gestión que ya realizaron más de 100 mil propietarios en los últimos años y que se completa vía web – en biendefamilia.cba.gov.ar–, es decir que no implica ningún trámite presencial, se hace en cuestión de minutos y solo requiere ser Ciudadano Digital
Nivel 2.

El mail que las personas destinatarias reciben incluye el vínculo que, con solo cliquearlo, la dirigen a la página en que se registra el bien. Además, en caso de ser necesario, hay un link que remite a la página de Facebook del Registro donde puede encontrar personal especializado que
la asesorará en caso de duda o dificultad a la hora de completar el trámite.

¿De qué se trata el trámite?
Bien de Familia es un mecanismo legal contemplado en el Código Civil y Comercial de la Nación y constituye una forma de proteger la vivienda familiar, ya que evita la ejecución del inmueble único por deudas posteriores a su inscripción en ese régimen, con las excepciones establecidas
por la ley.

Una vez que el inmueble es registrado como Bien de Familia, ya no puede ser utilizado como garantía. El trámite es gratuito, no genera gastos posteriores y se puede dar de baja de manera presencial ante el Registro General de la Provincia de Córdoba.

No obstante, vale aclarar que la protección no actúa frente a deudas originadas en el inmueble, tales como expensas comunes, impuestos, tasas o contribuciones por construcciones o mejoras realizadas en la vivienda. Tampoco rige cuando hay deudas por cuotas alimentarias.

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