SIMI x DJAI (atenti importadores)
La nueva norma establece que los importadores deberán presentar la información solicitada a través de la página de la Afip, y la respuesta de los organismos encargados de autorizar el ingreso de mercadería deberán responder "en un lapso no mayor a los 10 días".
Según el artículo 2 de la Resolución, "las declaraciones efectuadas a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) tendrán un plazo de validez de ciento ochenta días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación".
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