Este viernes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la extensión del plazo para que personas jurídicas y humanas presenten sus declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales para el período fiscal 2022.
A través de la Resolución General 5367/2023 publicada en el Boletín Oficial, la entidad a cargo de Carlos Castagneto extendió por casi dos semanas las presentaciones para "facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales".
Así, la medida establece un nuevo cronograma de presentación y pago en base a la terminación del CUIT, medida que no sólo aplica a las DD.JJ. del Ganancias y Bienes Personales, sino también al Impuesto Cedular.
"Deviene oportuno extender el plazo para que los contribuyentes y/o responsables (...) realicen la presentación de la declaración jurada e ingresen el saldo resultante de los mencionados gravámenes", indica la resolución en sus considerandos.
Declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales: los nuevos plazos para presentarla
Previamente, la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2022 debía hacerse entre el lunes 12 y el miércoles 14 de este mes, con pago entre el martes 13 y el viernes 15, sin embargo, ahora el nuevo esquema extiende el vencimiento casi dos semanas en base a la terminación del CUIT:
Previamente, la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2022 debía hacerse entre el lunes 12 y el miércoles 14 de este mes, con pago entre el martes 13 y el viernes 15, sin embargo, ahora el nuevo esquema extiende el vencimiento casi dos semanas en base a la terminación del CUIT:
Por su parte, dado que AFIP no aclara en la resolución hasta qué fecha se pueden entregar las declaraciones juradas informativas, es posible asumir que se mantiene la dispuesta originalmente: el viernes 30 de junio.
Declaración jurada del Impuesto Cedular: hasta cuándo se puede presentar
Por su parte, el artículo 2° de la norma también extiende el plazo para "efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y el pago del saldo resultante" del período fiscal 2022, aunque en este caso se debe hacer "con carácter de excepción".
https://www.scribd.com/document/651790552/bo
Dado que las fechas originales tenían un vencimiento más largo que las DD.JJ. de Ganancias y Bienes Personales, estas sólo se extendieron unos pocos días. Así quedó el nuevo calendario en base a la terminación del CUIT:
Declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales: cómo se presenta
Tal como explican desde AFIP, las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular del período fiscal 2022 "se realizan a través del servicio con clave fiscal 'Ganancias Personas Humanas - Portal integrado'".
"En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realizará mediante el servicio web con clave fiscal 'Bienes Personales Web'", agregan.
Cabe resaltar que, desde el 1° de mayo de este año, a los trabajadores que ganen hasta $506.230 brutos no les corresponde el pago de Ganancias. Además, esta semana el Gobierno anunció que quienes cobren hasta $ 880.000 brutos junto al aguinaldo de este mes también quedarán exentos del pago del gravamen.
bo by zoe braziulis
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