La AFIP informó anoche que reabrió, hasta el 23 de abril inclusive, la inscripción al programa estatal de asistencia a las empresas para el pago de salarios.
Los empleadores pueden hacer todo el procedimiento a través del sitio web del organismo, informaron.
"El nuevo plazo habilitado para acceder al programa ATP pretende garantizar la inscripción de la totalidad del universo de potenciales empleadores alcanzados", dijo el organismo y especificó que, además, "permitirá a los contribuyentes que ya se inscribieron rectificar la información económica suministrada. Las empresas que deban subsanar los errores incurridos en la carga de los datos serán notificadas por el organismo a través de su domicilio fiscal electrónico".
Y advirtió: "En todos los casos, la información solicitada por el sistema corresponde a los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020".
"La AFIP recuerda que todos los empleadores, tanto los que ya se registraron como aquellos que lo hagan hasta el 23 de abril, deben informar la CBU de sus trabajadores y el código del convenio colectivo de trabajo al que pertenecen. Esa información es requerida para garantizar que los trabajadores accedan a los beneficios otorgados a cada empresa", señala la comunicación.
Según datos de AFIP, alrededor de 420 mil empleadores ya solicitaron la asistencia estatal para pagar los salarios.
Según el organismo, "una vez que finalice el nuevo período de inscripción y carga de información económica, se
evaluará cuáles son los beneficios estatales a los que podrá acceder cada empresa".
El Gobierno, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) difundido el miércoles 1 de abril, creó un “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” dirigido a empresas y trabajadores afectados por la cuarentena establecida en el marco de la emergencia sanitaria con la que se busca moderar el impacto de la pandemia de coronavirus.
Los alcances de ese programa tuvieron una sustancial modificación, que quedó expresada mediante un nuevo decreto que se conoció anoche.
A través del decreto 376/2020, ampliatorio del 332/2020, publicado anoche en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández dispuso que el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), derivado de la emergencia por la pandemia de coronavirus, abarcará la "postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino". Además, estableció un "Salario Complementario", que consiste en la "asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado".
El nuevo DNU establece como fecha desde el 12 de marzo y queda abierto hasta el 30 de junio.
Los puntos que incluye son los siguientes:
- Salario complementario para todos los trabajadores bajo dependencia del sector privado.
- Créditos a tasa 0 para monotributistas y autónomos con garantía del Estado Nacional que se hará cargo de los intereses
- Se mantiene la reducción de aportes patronales.
- El seguro de desempleo será de $ 6000 a $ 10000
- El Estado Nacional se hará cargo del 100% del Costo Financiero Total del préstamo a tasa 0%
- Todo pasará a ser salario complementario hasta el 50% del salario neto no pudiendo ser inferior a un salario vital y móvil. No podrá superar dos salarios vital y móvil.
- Quienes se inscribieron hasta el viernes en los REPRO se van a reconvertir a este sistema.
- FONDEP y FOGAR ampliación del decreto 332/2020 - Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción
- El FONDEP dispondrá a través de la Jefatura de Gabinete de 11 mil millones de pesos para solventar el CFT de los préstamos a tasa 0%.
- El FOGAR dispondrá a través de la Jefatura de Gabinete de 26 mil millones de pesos
- El Ministerio de Trabajo tendrá la potestad de modificar e implementar el Seguro por Desempleo
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