Según informó el organismo recaudador, en estas dos semanas ya se resolvieron 675 casos por un total de 78 millones de pesos. Y para mitad de esta semana, el monto resuelto superará los $ 110 millones.
La nueva medida está vigente desde el 18 de junio último a través de la Resolución General 4262.
La posibilidad de hacer el trámite en forma 100% online -cuando antes había que ir sí o sí a una agencia- permite cancelar los embargos en sólo 48 horas.
El último solo mes se colocaron 10 fideicomisos financieros por un total de $ 3.134 millones, lo que representa una caída en el volumen de colocación interanual en relación a las colocaciones efectuadas en el mismo mes de 2017.
Los pasos para cumplir con el trámite son los siguientes:
1. Ingresar www.afip.gob.ar con clave fiscal
2. Buscar el servicio “sistema cuentas tributarias” y seleccionar la opción “ofrecimiento de pago con embargos bancarios”.
3. En ese sistema se visualiza las demandas que poseen fondos embargados. Allí hay que elegir una de ellas para que el sistema realice una liquidación provisoria del importe a cancelar, con los correspondientes accesorios y honorarios.
4. Se puede modificar la propuesta que emite el sistema, según se cancele el pago total de los fondos embargados o se cancele el monto demandado en la ejecución.
5. Finalmente el sistema generará uno o varios Volantes Electrónicos de Pago (VEP), en función de cada cuenta/banco y de las obligaciones a cancelar, y un reporte con el detalle de los de los VEP. La entidad bancaria levantará las medidas cautelares en forma automática, siempre que se haya pagado una suma equivalente al total del oficio de embargo.
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