El objetivo del programa, aseguran desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, es mejorar la inserción social, la productividad laboral y el empleo genuino.
Para los beneficiarios
Simple y claro: si sos beneficiario de los programas sociales del Ministerio de Trabajo (Trabajo Autogestionado, Construir Empleo, Entrenamiento para el Trabajo Privado, Jóvenes con Más y mejor Trabajo, Transición al Salario Social Complementario, Entrenamiento para Organizaciones Sociales) y/o del Desarrollo Social (Argentina Trabaja, Desde el Barrio, Ellas Hacen, Proyectos Productivos Comunitarios), el Programa Empalme te permite acceder a una relación laboral de dependencia gozando tu asignación social. Pero ojo, formará parte de tu salario durante dos años. El resto de su paga y las cargas sociales las abonará el empleador.
Los interesados que actualmente participan como beneficiarios de programas del Ministerio de Trabajo pueden registrarse en las Oficinas de Empleo (http://portalciudadanoempleo.trabajo.gob.ar/publico/Oficina/SolicitarCita/T), en tanto los de programas del Ministerio de Desarrollo Social pueden registrarse en los Centros de Atención Local. De esta manera, serán citados prioritariamente por pedido de las empresas y recibirán un certificado para presentar en ellas.
Para los empresarios
Como ya dijimos, las empresas que contraten a estas personas como personal a tiempo indefinido deben emplear más trabajadores que los que tenían registrados en diciembre de 2016. Entre las ventajas, reducen el costo laboral en la contratación dado que el subsidio se toma a cuenta de su remuneración.
Para las empresas con múltiples locales, se contarán los trabajadores que emplean en todo el país, no en cada sucursal. Y aquellas creadas a partir del 31 de diciembre de 2016, podrán contratar hasta un 10% de trabajadores de estos programas.
El Ministerio aportará durante dos años el monto del subsidio que percibían los beneficiarios como ayuda económica y el empleador completará el restante para alcanzar el sueldo del convenio colectivo de la actividad. Cabe aclarar que si la relación laboral termina antes de los dos años, el trabajador puede volver al programa en el que estaba. (MM)
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