CONSEJO PARA LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA CÓRDOBA
¿Qué es el Copec?
El Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba (COPEC), creado por la ley 9475/08 y sustentado por el proyecto de ley de reforma de la misma, es un organismo descentralizado de la Administración Pública Provincial, quien cumplirá funciones de orientación estratégica en aquellas temáticas que le son específicas en una visión de mediano y largo plazo y que constituyan la base científica y técnica para la definición de políticas públicas y la toma de decisiones de otros actores de la sociedad civil.
El Consejo para la Planificación Estratégica es un organismo autárquico y mantendrá sus relaciones en forma directa con el titular del Poder Ejecutivo, de conformidad a la Ley de Estructura Orgánica.
El Gobernador de la provincia, independientemente del partido político que represente, reconocerá la existencia jurídica del COPEC y velará por la continuidad del mismo, debido a que aporta insumos para el planeamiento estratégico de acuerdo con los intereses de toda una sociedad.
¿Cuáles son sus objetivos?
El Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba, de acuerdo con el artículo 2 de la ley 9475/08 y su proyecto de reforma, asumirá los siguientes objetivos:
- Elaborar propuestas estratégicas, informes técnicos y documentos fundados técnicamente.
- Formular consultas con expertos con la participación de personalidades de instituciones y entidades civiles representativas de todos los estamentos políticos y sociales, sectores productivos, organizaciones sindicales, organismos no gubernamentales, universidades y centros de investigación, entre otros.
- Ofrecer fundamentos científicos y técnicos, a partir de consultas y trabajos encomendados, para el contenido de las Políticas de Estado de continuidad en el mediano y largo plazo, teniendo en cuenta las principales tendencias internacionales sobre las temáticas abordadas y las especiales condiciones de contexto institucional, social, político, económico y cultural de nuestro país y región.
- Proveer un insumo estratégico para el funcionamiento en el mediano y largo plazo de los tres Poderes del Estado.
- Propiciar el compromiso expreso de todas las entidades públicas y privadas suscriptoras de las propuestas estratégicas, a los efectos de cumplir con las responsabilidades que les competen a cada una de ellas para la concreción de los objetivos estratégicos acordados.
¿Qué actividades desarrollará el Copec?
De acuerdo con el artículo 3 de la ley 9475/08 y su proyecto de reforma, el COPEC desarrollará las siguientes actividades:
a) Generar, recolectar y procesar información relevante, económica, tecnológica, demográfica, social, política y cultural a los efectos de la formulación de escenarios y tendencias y de la realización de análisis comparados de situaciones análogas, tanto a nivel nacional como internacional;
b) Desarrollar estudios e investigaciones sobre los problemas y la agenda estratégica de la sociedad y elaborar periódicamente informes técnicos y documentos de prospectiva, que contengan diagnósticos de la situación local e internacional, estado del arte en dichas temáticas, formulación de escenarios futuros y elaboración de lineamientos y propuestas estratégicas de largo plazo, que contemplen los requerimientos y consensos necesarios para su aplicación;
c) Establecer consultas técnicas amplias y sistemáticas con expertos, investigadores, organismos e instituciones políticas, sociales, sindicales, productivas, científicas y universitarias, provinciales, nacionales e internacionales;
d) Establecer un cronograma anual de elaboración de informes técnicos y de documentos de prospectiva, publicar dichos trabajos y difundir las actividades del Consejo;
e) Alentar la cooperación público-privada y la vinculación científico-técnica con los diversos actores políticos, económicos y sociales de la Provincia y promover el intercambio de conocimientos y experiencias a través de seminarios, jornadas, talleres y congresos;
f) Dictar su propio Reglamento Interno, el que deberá prever el quórum necesario para sesionar válidamente, y aquel para tomar decisiones, así como el doble voto del Presidente en caso de empate;
g) Suscribir convenios con entidades públicas y privadas, de orden nacional o internacional, tales como universidades, centros de investigación, PNUD, entre otros.
¿Cuál es la estructura del Copec?
El Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba (COPEC) estará compuesto por las siguientes autoridades y órganos de funcionamiento:
a) Un Presidente,miembro natural del Comité Ejecutivo: Daniel Zovatto
b) Un Comité Ejecutivo integrado por el Presidente y tres (3) miembros: Manuel San Pedro, Carlos Kessman, Hugo Juri
c) Un Comité Consultivo Académico Institucional integrado con un mínimo de doce (12) miembros y;
d) Un Director Ejecutivo, designado por el Presidente del Consejo a propuesta del Comité Ejecutivo”. Jorge Jaimez
¿Cómo se integrará el Comité Consultivo Académico Institucional y como será el proceso de designación de sus miembros?
El Comité Consultivo Académico Institucional estará integrado con un mínimo de doce (12) miembros y por personalidades de reconocida trayectoria y participación en entidades de máximo grado o de indudable significación en el ámbito de la Provincia de Córdoba, de los sectores políticos, de la producción, del trabajo, universitario, profesionales, religiosos y socio-culturales, propuestos por el Comité Ejecutivo y designados por el Poder Ejecutivo Provincial.”
¿Cómo se financia el Copec?
El Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba (COPEC) dispondrá de los siguientes recursos:
a) Las partidas asignadas por la Ley de Presupuesto, cuyo monto debe ser apropiado para el cumplimiento de sus fines.
b) Ingresos provenientes de organismos nacionales e internacionales -públicos o privados-, producto de su vinculación,
En ese orden, se encuentra en trámite de aprobación en el PNUD, el Proyecto ARG/09/010 “Programa de fortalecimiento institucional del Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba (COPEC)”.
c) Todo otro ingreso que por ley le corresponda.
El Comité Ejecutivo elaborará la propuesta de anteproyecto del presupuesto del Consejo. El mismo será elevado al Poder Ejecutivo para su consideración, aprobación e inclusión en el proyecto de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Provincia.
EL Poder Ejecutivo proporcionará la infraestructura y el equipamiento necesarios para el funcionamiento del Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de Córdoba (COPEC). Los gastos que demande el cumplimiento de loa objetivos y actividades del COPEC, serán atendidos con los recursos del Ministerio que le asigne la Ley de Presupuesto.
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