Luciano Brunotto, asesor impositivo de Estudio Castillo y Asociados, explica: "La Resolución General 1.415 de la Afip habilita a los contribuyentes a facturar en la moneda concertada por las partes. A pesar de una interrupción en 2012, en la que los sistemas de facturación electrónica dejaron de permitir la emisión en dólares, no hubo una norma expresa que prohibiera hacerlo. Desde 2016, la Afip restableció la facturación en dólares a través de un comunicado en su página web".
Además de esta aclaración sobre facturación en dólares, Caputo dejó entrever una posible novedad para aquellos que blanquean capitales. Según Brunotto, Caputo mencionó la posibilidad de que, en el futuro, las cuentas de regularización de activos creadas para el blanqueo de fondos puedan asociarse a una tarjeta de débito. "Esto facilitaría el uso de los fondos blanqueados para el pago directo mediante la tarjeta, algo que hoy no está reglamentado pero que podría implementarse en los próximos días", anticipa Brunotto. Aunque no hay una normativa vigente sobre este tema, se espera que la reglamentación avance pronto para ofrecer más alternativas a quienes se sumen al blanqueo.
Este posible cambio representa una ventaja para quienes buscan regularizar su situación patrimonial y hacer uso de sus fondos de manera más ágil y práctica. Por lo pronto, las empresas y particulares pueden seguir facturando en dólares, siempre ajustándose a las reglas de la Afip, mientras esperan novedades sobre este posible uso de tarjetas de débito para el blanqueo de capitales.
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