Los funcionarios municipales deberán acreditar no ser deudores alimentarios morosos para continuar en sus cargos

El intendente Martín Llaryora firmó un decreto mediante el cual dispone que todos los funcionarios, dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, deberán presentar ante Oficialía Mayor un certificado a los fines de acreditar que no están incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La normativa establece que transcurrido dicho plazo, se procederá a desvincular a aquellos funcionarios designados por el Departamento Ejecutivo que se encuentren consignados en el mencionado Registro.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado por ley provincial 8892 y el Municipio Capital adhirió a la medida a través de la Ordenanza 10.511, con la finalidad de promover medidas de acción para garantizar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal.

Tu opinión enriquece este artículo:

Curioso: los créditos hipotecarios caen casi 50% este año, pero (en CABA) se vende la misma cantidad de propiedades

El dato marca una de las paradojas del mercado inmobiliario de 2026: mientras las nuevas altas hipotecarias se desplomaron 47% en los primeros siete meses, la cantidad de escrituras en la Ciudad de Buenos Aires prácticamente no se movió. En Córdoba y Provincia de Buenos Aires, el crédito también pierde terreno frente a una actividad inmobiliaria que cae bastante menos.