Los funcionarios municipales deberán acreditar no ser deudores alimentarios morosos para continuar en sus cargos

El intendente Martín Llaryora firmó un decreto mediante el cual dispone que todos los funcionarios, dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, deberán presentar ante Oficialía Mayor un certificado a los fines de acreditar que no están incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La normativa establece que transcurrido dicho plazo, se procederá a desvincular a aquellos funcionarios designados por el Departamento Ejecutivo que se encuentren consignados en el mencionado Registro.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue creado por ley provincial 8892 y el Municipio Capital adhirió a la medida a través de la Ordenanza 10.511, con la finalidad de promover medidas de acción para garantizar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal.

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