Con el fin de formalizar más aún la economía local, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que, a partir hoy, se podrá pagar la propina con tarjeta de crédito y débito, eximiendo a los comerciantes de pagar por esto IVA y Ganancias. Así lo confirmó el organismo a través a través de la Resolución General 4408 publicada hoy en el Boletín Oficial.
"El impulso de las transacciones electrónicas es un elemento clave en la estrategia de AFIP de promover la formalización de la economía y, con esta medida, buscamos que se acelere este proceso”, expresó el administrador federal, Leandro Cuccioli.
De este modo, se alienta a los consumidores a utilizar medios electrónicos de pago para la propina, sin necesidad de apelar al uso de efectivo, en sintonía con una modalidad cada vez más extendida en otros países.
Hasta ahora, a los comerciantes se les aplicaba las retenciones de IVA y Ganancias sobre el monto total de lo pagado con las tarjetas de crédito y débito, y el valor de la propina no se discriminaba. Con la aplicación de esta medida, queda exenta de las retenciones de IVA y Ganancias por el cobro con un tope del 15% del valor de la operación.
¿Cómo se implementará?
Los proveedores de las terminales POS serán los encargados de informar al comerciante la codificación correspondiente para discriminar el cobro del consumo y de la propina. En tanto, los clientes y consumidores informarán voluntariamente si desean incluir la propina en el pago con tarjeta una vez que soliciten la factura.
Además, la normativa fija un nuevo beneficio para los comercios y prestadores de servicios categorizados como microempresas, que quedan exceptuadas de las retenciones de IVA y Ganancias por el cobro que efectúen a través de tarjetas de crédito y débito de cualquier concepto y monto.
En esta misma línea, el organismo ya había dispuesto en octubre del año pasado que los comercios estaban obligados a aceptar todas las tarjetas de débito para compras a partir de $ 100.
En caso que un establecimiento solo acepte el efectivo como modalidad de pago, los consumidores pueden denunciar ante la AFIP, la Secretaría de Comercio Interior, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor o recurrir a las asociaciones de Defensa al Consumidor.
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