Ganancias: salarios de hasta $ 880 mil no pagarán el impuesto sobre el aguinaldo

El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que quedarán exentos del pago del Impuesto a las Ganancias quienes alcancen con su aguinaldo salarios brutos de hasta $ 880.000.

El ministerio de Economía a cargo de Sergio Massa anunció este martes que los trabajadores con salarios brutos que, con la suma del primer pago del aguinaldo que debe depositarse este mes, alcancen hasta los $ 880.000 no pagarán el Impuesto a las Ganancias.

Según remarcaron desde la cartera de Economía, "la medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país". Esta será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días de cara al desembolso del primer Sueldo Anual Complementario (SAC) a fines de junio.

Ante esto, el anuncio de la cartera económica explicita que todo trabajador que, entre sus ingresos normales y el extra que supone el aguinaldo, no alcance los $ 880.000 brutos -10 veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil- estará exento de pagar el Impuesto a las Ganancias por el mes de junio.

Desde Economía destacaron a la medida como "un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias" en busca de que "recompongan el poder adquisitivo" y considerando que "esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica".

El cálculo compartido por el Gobierno indica que la mejora de bolsillo promedio tras esta medida superará los $ 110.000 ($ 112.600), "un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%". 

En total, esta medida beneficiará a 513.000 trabajadores a nivel nacional con salarios brutos mensuales de entre $ 506.230 y $ 880.000, actualmente sujetos al pago de Ganancias. Así, "más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias estarán alcanzados por el beneficio."

Según el desagregado por provincia, los principales beneficiarios de esta medida se encuentran en la Provincia de Buenos Aires (176.872 individuos) y la Ciudad de Buenos Aires (110.285 individuos).

Tal como aclaró el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores, cabe resaltar que esta medida "no cambia el piso del Impuesto a las Ganancias mensual".

Por ende, quienes cobren menos de $ 506.230 brutos, actual mínimo no imponible del impuesto, seguirán sin pagar Ganancias. "Lo que cambia es que ahora el empleado que tiene un salario de hasta $ 880.000, va a tener exento el aguinaldo hasta la suma de $ 440.000", aclaró el especialista.

Frente a esto, remarcó que "si no se tomaba esta medida, todos aquellos cuyo sueldo promedio mensual superara los $ 506.230, iban a tener gravado su aguinaldo totalmente".

 Impuesto a las Ganancias y aguinaldo: cómo se calcula la nueva exención
El comunicado difundido por Economía recuerda que "en el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes". Es por esto que, para aplicar este nuevo beneficio, se hará una devolución de lo retenido a estos trabajadores en los últimos seis meses.

Este desembolso será "en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio".

Para solicitar esto, los empleadores "deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida", cierran desde la cartera a cargo de Massa.

Aunque Domínguez aclaró que es preciso esperar a la publicación del decreto en el que se efectivice la norma, repasó el procedimiento tradicional para este tipo de exenciones.

"Si el promedio de remuneraciones del trabajador es de hasta $ 880.000 brutos en todo este semestre, la exención es de un aguinaldo hasta $ 440.000 brutos", explicó.

Y, para cerrar, aclaró que en los casos en que los trabajadores hayan cobrado bonos u adicionales en el último semestre que se calculan para el impuesto, superando entonces el promedio dispuesto, entonces no se pagará Ganancias sobre el tope de $ 440.000, mientras que el monto restante sí será gravado.

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