Ah... el Absenta no está prohibido... ¡chin-chin!

Claudio Izzo: "Estimado Nicolás: Estás en lo cierto al citar un pequeño párrafo del art. 1123 (res- 1389 14.12.81), pero para aclarar las cosas tenemos que seguir leyendo el artículo en forma completa y nos vamos a encontrar que hay bebidas que quedan excluidas de esta prohibición....`Quedan excluídos en esta prohibición las bebidas alcohólicas cuyos nombres tengan similitud con la palabra Ajenjo en idioma nacional o extranjero, ya sea en avisos o cualquier otra forma de expresión, referencias directas o indirectas al Ajenjo, sus principios inmediatos o derivados.Y, también aquellas bebidas que contengan las esencias siguientes: Absintia, tanaceto. La composición principal de esta bebida es el aporte de aromas de la planta Artemisia absinthium o ajenjo, el de las flores del hinojo y el anís´. Para mayor información pueden visitar este link. Es decir, que la bebida alcohólica denominada Absenta está excluida de la prohibición citada. Saludos".

Tema y debate sobre el "hada verde", aquí.

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