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Pablo Luscubir: “Estimado Marcos, hace ya varios días que quiero hacer una crítica también a tus comentarios. Sobre todo a esa `noción´ que tienes de lo que significa robar. Al parecer utilizas mucho internet y si te llegas por el sitio de la Real Academia Española podrías leer en la segunda definición de robar: `tomar para sí lo ajeno, o hurtar de cualquier modo que sea´, en tanto que hurtar es `tomar o retener bienes ajenos contra la voluntad de su dueño, sin intimidación en las personas ni fuerza en las cosas´. Según tu definición, robar es `privar de la propiedad´, una noción bastante aproximada pero sólo la limitas a lo tangible. En cada acción de tu vida cotidiana cada vez que compras algo, una porción de eso se destina a la persona que tuvo la idea para que vos puedas satisfacer esa necesidad. Bueno, eso se llama propiedad intelectual. Significa que cuando bajas música, películas, software, etc., estás robando lo que a alguien más le costó esfuerzo y que realizó con su capacidad (por ejemplo, tu copia de Windows pirata la programó un ingeniero que tuvo que estudiar para obtener el conocimiento necesario para hacerlo, no cayó un CD del cielo). Es cierto que el costo de las licencias es excesivo, es cierto que un CD no puede costar 40 pesos... Por supuesto, para reconocer el hecho de que la propiedad intelectual existe y es un derecho del autor, necesitamos educación y dejar de vanagloriarnos de nuestras propias miserias. Un abrazo."
Sobre “robar” derechos, Musicpass y temas afines, aquí.
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