Latam le hizo ir en auto a Ezeiza, no le quiso pagar el gasto y la Justicia condenó a la empresa: $ 80.000 + $ 50.000)

En 2016, Latam canceló un vuelo en el que debía viajar Tomás Vega, abogado que se toma en serio sus derechos y los derechos -en general- de los consumidores. Tuvo que ir en auto a Ezeiza para tomar una conexión y le pareció lógico que Latam le devolviera esos gastos. Pero la empresa hizo oídos sordos, hasta que la Justicia le impuso $ 80.000 por daño moral y -muy interesante- $ 50.000 por daño punitivo.

Una empresa se puede mandar una macana, claro y puede recorrer tres caminos no excluyentes:
Lo soluciona ante el reclamo y corta por lo sano.
Espera la instancia de Defensa del Consumidor y -de alguna manera- restituye un equilibrio con ese cliente.
Deja pasar las cosas y -si el cliente es perseverante- responde ante la Justicia.

A Tomás Vega, Latam lo obligó a “ir a largas”. Su viaje cancelado del 2016 no tuvo la compensación de $ 4.000 que él pretendía en concepto de combustible y peajes por el forzado viaje a Ezeiza.
 


Dos años después, en la causa Di Tella Belén y otro c/ Latam Airlines Group SA (expediente 6231615), la Justicia obligó a la empresa a resarcir al damnificado con $ 80.000 por daño moral y otros $ 50.000 por daño punitivo, una figura relativamente nueva que busca “aleccionar” a las compañías para que no sigan manteniendo una conducta impropia con sus clientes.

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