El Gobierno legalizó el autocultivo de cannabis para uso medicinal

Habrá que solicitar autorización al Ministerio de Salud con indicación médica. También autorizó, a nivel nacional, el expendio de aceites y otros derivados de la planta en determinadas farmacias. Los detalles.

El Gobierno autorizó este jueves el autocultivo controlado de cannabis medicinal y el expendio de sus aceites y otros derivados en farmacias autorizadas, en todo el país.

A través del Decreto 883/2020, el Gobierno nacional dio a conocer la nueva reglamentación de la Ley 27.350 para el uso medicinal del cannabis. "Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el cannabis como herramienta terapéutica", remarca la medida en el Boletín Oficial.

Y en esa línea se plantea: "Reglamentar adecuadamente el acceso al cultivo controlado de la planta de cannabis, así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, implica cumplir el objeto de la Ley N° 27.350, de garantizar y promover el cuidado integral de la salud, y el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al Programa, en las condiciones que se establezcan".

Según determinó el Gobierno, "existen experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del cannabis de un mercado no controlado puede producir".

El Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación del programa Reprocann (Registro del Programa de Cannabis), cuyo fin será registrar a los pacientes que necesiten acceder mediante el cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados"como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor", para emitir las correspondientes autorizaciones.

"Los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación. Podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el programa", se detalló en el documento oficial.

La nueva reglamentación a nivel nacional se da luego de que se anticipara el último miércoles el debate de hoy en la legislatura porteña sobre el proyecto de ley que regula el uso medicinal del cannabis en la Ciudad de Buenos Aires.

Decreto by Sol Narosky

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