Obligan a los Fondos de Inversión a valuar sus activos al dólar oficial

Ya no podrán hacerlo al precio del contado con liqui, lo que impacta en el valor de las cuotas-parte.

Los Fondos Comunes de Inversion deberán desde ahora valuar sus activos en moneda extranjera al precio del dólar oficial y no al del contado con liquidación, a partir de una norma de la Comisión Nacional de Valores publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Los fondos, en teoría, ya debían valuar a dólar mayorista. Pero podían también tenían permitido usar una “valuación alternativa” que surgía “de efectuar un promedio ponderado por volumen operado de las relaciones de precios de una canasta de activos con cotización en moneda de curso legal y en dólares estadounidenses”, es decir, el dólar contado con liqui, si la diferencia entre ambas cotizaciones era superior al 1%.

Pero ahora eso cambió: “La conversión entre la moneda de curso legal en la República Argentina y el dólar estadounidense tanto sea para la valuación de su tenencia como de otros activos en cartera denominados en dicha moneda, se efectuará de acuerdo al tipo de cambio de cierre mayorista que surja del Sistema de Operaciones Electrónicas “SIOPEL” del Mercado Abierto Electrónico, o aquel que en el futuro utilice el Banco Central”, establece la Resolución General 848 de la CNV publicada en el Boletín Oficial.

La norma menciona que la CNV recibió a principios de mes una nota del BCRA sobre la necesidad de que revisara “su normativa en materia de valuación de disponibilidades y otros activos denominados en moneda extranjera” con el fin de que evitar “prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos” las disposiciones del propio Central.

“La entrada en vigencia de las modificaciones en las valuaciones (...) se producirá a partir del 15 de octubre de 2020 inclusive, con excepción de la valuación de la tenencia de moneda extranjera cuya entrada en vigencia se producirá a partir del 29 de julio de 2020 inclusive”, agrega la norma.

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