El episodio ocurrió el 27 de noviembre de 2025, en el Aeropuerto Internacional Rey Abdulaziz (KAIA), principal puerta de entrada al país. Emilio había viajado de urgencia y, como en otras oportunidades, llevaba los lentes guardados en su estuche dentro de la valija. Antes del vuelo había completado la visa saudí y revisado los términos y condiciones de ingreso, sin encontrar ninguna mención específica sobre este tipo de dispositivos.
El inconveniente surgió tras pasar los controles migratorios. Además del chequeo habitual (y del control previo realizado en Estambul, su escala), al ingresar al país fue sometido a una segunda revisión de equipaje. Allí, una agente de seguridad abrió la valija, detectó los lentes inteligentes, pidió el pasaporte y los retiró sin mayores explicaciones. Emilio fue derivado a la zona de aduanas, donde permaneció retenido entre 20 y 30 minutos sin información clara sobre lo que estaba ocurriendo.
La explicación llegó minutos después: los Ray-Ban Meta (con versiones que van desde los US$ 379 a los $799) están terminantemente prohibidos en Arabia Saudita. Según le indicaron en inglés, portar ese tipo de dispositivo constituye una infracción grave.
Frente a ese escenario, le dieron dos opciones: firmar un documento reconociendo la situación para evitar mayores consecuencias, o enfrentar un problema legal de mayor escala. No hubo margen para discutir ni alternativas intermedias.
Emilio intentó una salida práctica: consultó si podía recuperar los lentes al salir del país, como ocurre en otros destinos con objetos restringidos. La respuesta fue categórica: no. El dispositivo quedaba confiscado de manera definitiva.
Mientras completaba el trámite, advirtió que no era un caso aislado. A pocos metros, otro turista atravesaba la misma situación con idéntico modelo de lentes. Incluso escuchó a uno de los agentes advertir (en inglés) a un colega: “otro más”, en referencia a un nuevo pasajero retenido por el mismo motivo.
Aunque no recibió una explicación formal por escrito, la prohibición estaría vinculada al uso de cámaras y sistemas de grabación encubierta, particularmente sensibles en un país con normas religiosas y culturales estrictas en materia de privacidad, imagen y registro audiovisual.
El caso, en resumen, funciona como una advertencia concreta para viajeros frecuentes, ejecutivos y usuarios de tecnología wearable: no todo lo que es legal y cotidiano en Occidente lo es en otros mercados.
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