(Este lector contesta por mí a Martín Rocalfort)
Norberto Barreiro: “En el caso planteado (Hard Rock Fernet) la apropiación ilegítima de marcas de terceros, no sólo es un delito debidamente configurado, sino que además constituye una clara declaración de mala fe y falta de criterio comercial para dirigir cualquier negocio -además de ser un pésimo negocio ya que les cuesta generalmente grandes sumas de dinero y la perdida de identidad cuando son castigados judicialmente o extra judicialmente-. Debemos entender que en general estos casos ocurren por la creencia popular que los ‘errores de hecho’ se subsanan con una disculpa si los descubren y la viveza criolla está más allá de ser punible por un delito de usurpación del prestigio, calidad y origen empresarial de marcas comerciales propiedad de un tercero, siendo estas conocidas dentro del mercado específico. En el caso puntual no será la primera vez que es notificado de idéntica falsedad de identidad, tal que hasta el público consumidor le resulta gracioso y hasta meritorio, cuando en realidad es todo lo contrario. La pregunta que resulta es ¿qué actitud toma cada uno de nosotros con esta práctica?, más allá del lado que ocupen en su rol en la sociedad”.
Tu opinión enriquece este artículo: