Sobre el seguro de vida obligatorio y un negocio que no es tal, dicen

Damián Blanco: “Amigos de InfoNegocios, con respecto a esta nota quisiera comentarles que, lamentablemente, en este tema las aseguradoras `la ven pasar´, literalmente. Sucede que el seguro de vida obligatorio dispuesto en el decreto 1567/74, es una cobertura brindada por el Estado Nacional y sólo corresponde a las aseguradoras la administración de las pólizas, por lo que cuando perciben el importe (fijado por la ley) lo deben girar a la Superintendencia de Seguros de la Nación. La recaudación a través del SUSS permite agilizar la gestión de cobro, como bien mencionan. El seguro de vida obligatorio no representa un negocio en sí mismo para las aseguradoras, ya que sólo cobran una pequeña parte del precio en concepto de comisión por administración y el Estado es quién recauda el grueso; por lo general, las compañías usan como `gancho´ para captar clientes en ART y otros seguros de vida”.

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