Todo lo bueno (y algunos desafíos) del “silencio positivo” (cuando la falta de respuesta del Estado es “sí”)

El Gobierno nacional introdujo el “silencio positivo”, una medida que establece que ciertos trámites administrativos se considerarán aprobados si el Estado no responde en un plazo determinado. Implementado mediante el Decreto 971/2024, esta norma abarca alrededor de 500 trámites (o gestiones).

 

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La medida fue posible tras la reforma de la Ley 19.549, que ahora especifica que si un trámite cumple con todos los requisitos formales y no recibe respuesta en un plazo máximo de 60 días, se considerará aprobado de forma automática. Este “silencio positivo” aplica principalmente a autorizaciones regladas, aunque se establecen excepciones para temas sensibles como salud pública, medio ambiente, servicios públicos o derechos sobre bienes de dominio público.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, señaló que el decreto busca reducir la burocracia y mejorar la eficiencia administrativa. “Es un paso clave en la modernización del Estado”, afirmó en redes sociales, destacando que el decreto facilitará procesos y eliminará obligaciones innecesarias en muchos casos.

A partir del 1 de diciembre, el silencio positivo se aplicará también en organismos descentralizados, lo que permitirá a ciudadanos y empresas gestionar trámites más rápidamente, incluyendo desde inscripciones en registros hasta licencias.

La mirada de una que sabe (y mucho): Alejandra Torres

Alejandra Torres es una abogada y funcionaria pública argentina con una trayectoria destacada en la administración pública de Córdoba.Trabajó en la gestión de proyectos de innovación y modernización del Estado, impulsando el desarrollo de infraestructura tecnológica, digitalización de trámites, y la mejora de la administración pública para facilitar el acceso a los servicios durante la gestión de Martín Llaryora como intendente. 

“Yo estoy de acuerdo con eso. Creo que tiene varios puntos a favor. Uno, agiliza los procedimientos administrativos, evita los cajoneos y la discrecionalidad y climas pocos lícitos. Y frente a las discusiones que hemos tenido de implementar o no el silencio positivo en los procedimientos de administración pública, cuando el tema a solicitud de un peticionante es complicado, existe siempre la posibilidad de que se prorrogue el plazo de análisis y evaluación por parte de la administración pública. Pero siempre significa como una actitud proactiva de la administración pública de mirar el tema y si el tema es muy complejo, poder disponer a través de una resolución la extensión del plazo originalmente otorgado”, analiza Torres en diálogo con InfoNegocios.

Un aspecto fundamental de la medida es la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), que garantiza una fecha de inicio precisa para cada trámite. Esto permite que los plazos sean claros y que los usuarios puedan verificar la aprobación automática una vez vencidos. En cambio, algunos trámites quedan excluidos del silencio positivo, como la autorización para el uso de fuego en áreas protegidas o la importación de materiales bélicos.

“El silencio positivo siempre tiene que estar acompañado de la posibilidad de identificar los responsables y aplicar algún tipo de apercibimiento para aquellas personas que no cumplen con la obligación que tienen como personal del ámbito público para dar respuesta a las solicitudes de la gente”, agrega Torres.

Qué trámites incluye

Además de los trámites administrativos generales, el Decreto 971/2024 establece la aplicación del "silencio positivo" en una serie de procedimientos tributarios. Entre estos se incluyen: 

  • bajas retroactivas de impuestos, 

  • planes de pago (como anulaciones y cancelaciones anticipadas), 

  • gestiones relacionadas con controladores fiscales (altas, bajas o recambios). 

  • trámites para la obtención de certificados de residencia fiscal, 

  • reimputación de pagos mediante el formulario 399, 

  • modificación del estado administrativo de la CUIT en casos específicos, 

  • solicitudes de compensación tributaria

  • obtención de la CUIT digital para personas humanas

  • solicitud de CUIT 

  • modificación de datos para personas jurídicas

  • certificados específicos de no retención de IVA e Impuesto a las Ganancias. 

Además, el régimen de promoción de la economía del conocimiento y ciertas gestiones para el IVA diferido también están cubiertos. Sin embargo, el decreto excluye trámites como autorizaciones de reorganización de sociedades, ciertos certificados de exención en el Impuesto a las Ganancias, y otros vinculados a la inscripción y permanencia en el registro de contribuyentes confiables.

Podés consultar todo el listado en este link.

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